Cómo registrar un alquiler temporario turístico en CABA: requisitos y trámite
Qué exige CABA para registrar una propiedad de alquiler temporario turístico, qué documentación presentar y cómo iniciar el trámite.
¿Quién tiene que registrarse?
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los inmuebles que se ofrecen como alquiler temporario turístico están alcanzados por la Ley 6.255 y deben inscribirse en el Registro de Propiedades de Alquileres Temporarios Turísticos.
La ley considera alquiler temporario turístico al alojamiento en una unidad con destino habitacional, ofrecida en su totalidad o en parte, por un período mínimo de una pernoctación y de hasta tres meses.
El registro es obligatorio para la unidad que se destina a esta actividad.
¿Cómo se hace el trámite?
La inscripción se realiza de manera digital mediante el sistema de Trámites a Distancia (TAD) del Gobierno de la Ciudad.
El procedimiento contempla la presentación de la solicitud y el análisis de la documentación por parte de la autoridad turística. Una vez aceptada la inscripción, la propiedad obtiene su número y certificado de registro.
¿Qué documentación se pide?
La reglamentación vigente establece documentación y declaraciones juradas que permiten acreditar la propiedad y las condiciones exigidas para desarrollar la actividad.
Entre los principales elementos a revisar se encuentran:
- Solicitud de inscripción
- Documentación que acredite titularidad
- Declaración jurada sobre condiciones de seguridad
- Seguro de responsabilidad civil contra terceros
- Domicilio digital
- Reglamento de copropiedad cuando corresponda
Cuando el trámite es realizado por un representante pueden corresponder poderes o autorizaciones adicionales.
¿Qué pasa si la propiedad está en un edificio?
Si la unidad está sometida al régimen de propiedad horizontal, la actividad no debe estar prohibida por el reglamento de copropiedad.
Además, la normativa vigente exige comunicar a la administración del consorcio que la unidad será destinada a alquiler temporario turístico y presentar el reglamento dentro de la documentación del registro.
¿Cuánto dura la inscripción?
El procedimiento aprobado en 2025 establece que el certificado de registración tiene una vigencia de dos años y debe renovarse para mantener activa la inscripción.
La información aportada al registro también debe mantenerse actualizada.